Descripción
Es muy importante comunicar con la suficiente antelación, la voluntad de que no se prorrogue el contrato, una vez transcurrido el periodo de duración obligatoria para el arrendador en viviendas habituales. 5 años en el caso de las personas físicas arrendadoras.
Por ello, lo mejor es hacerlo con una comunicación fehaciente. Es decir, que podamos demostrar que lo hemos comunicado.
Dicha comunicación, para que sea eficaz, debe ser mejor por escrito y constar una voluntad clara de que finalice el contrato, llegado su vencimiento, impidiendo nuevas prórrogas. Pueden ser hasta 3 años más.
¿A quién beneficia esta comunicación? Claramente al arrendador porque habrá cumplido con la ley.
¿A quién va dirigido? Esta carta está pensada para el arrendador y su comunicación para el arrendatario. Pero en concreto, para el arrendador de vivienda cuyo uso está siendo, por parte del inquilino, como vivienda habitual.
Te hemos preparado, con la compra de esta comunicación, unas instrucciones para que la cumplimentes correctamente y así despliegue todos los efectos. Explicamos el plazo de preaviso, cómo enviarlo…
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